Podrá optarse a las ayudas extraordinarias de conciliación en el periodo no lectivo de Semana Santa
En febrero se publicaron las ayudas extraordinarias a la conciliación de la vida personal, familiar, laboral y comunitaria del Ayuntamiento del Valle de Egüés con la intención de que, a través de las mismas, la ciudadanía pueda seguir haciendo frente de la mejor manera a los periodos no lectivos. De esta manera, serán subvencionables las actividades que se lleven a cabo del 19 al 22 de abril (periodo de Semana Santa en el que los menores tienen fiesta, pero los progenitores no). Así como los mismos periodos de verano y Navidad.
Estas actividades pueden ser la inscripción en guarderías, Casas Amigas, campamentos y actividades de ocio y tiempo libre, siempre y cuando dichas actividades no hayan sido subvencionadas previamente y su duración diaria supere las 3 horas diarias. Es decir, que no se haya recibido un descuento, tarifa bonificada o ayuda anterior para el pago de las mismas, y no se produzca una duplicación de la ayuda. Se incluye también, dentro de las acciones subvencionables, el pago de la seguridad social de una persona cuidadora.
El plazo de presentación de las solicitudes tendrá los siguientes plazos: Semana Santa hasta el 9 de mayo de 2022; verano hasta el 16 de septiembre de 2022 y Navidad del 19 diciembre al 31 diciembre.
Estas ayudas se incluyen dentro de las iniciativas del II Plan para la Igualdad de Género y del Pacto Local por la Conciliación del Valle de Egüés.
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